Artículo 1569 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1569 A falta de todos los herederos llamados en los capítulos anteriores, sucederá el Fisco del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.