Artículo 1570 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1570 Cuando sea heredero el Fisco del Estado, será representada la sucesión por el Ministerio Público, como albacea.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.