Código Civil estatal

Artículo 380 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 380 Tienen incapacidad natural y legal:

I.- Los menores de edad;

(REFORMADA, G.O. 30 DE ABRIL DE 2009)

II.- Los mayores de edad con discapacidad intelectual, aun cuando tengan intervalos lúcidos;

III.- Los sordo mudos que no saben leer ni escribir;

IV.- Los ebrios consuetudinarios, y los que habitualmente hacen uso inmoderado de drogas enervantes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 380 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 380 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave?

Tienen incapacidad natural y legal: I.- Los menores de edad; (REFORMADA, G.O. 30 DE ABRIL DE 2009) II.- Los mayores de edad con discapacidad intelectual, aun cuando tengan intervalos lúcidos; III.- Los sordo mudos que…

¿Está vigente el artículo 380?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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