Artículo 381 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 381 Los menores de edad emancipados, tienen incapacidad legal para los actos que se mencionan en el artículo 573.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.