Artículo 382 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 382 La tutela es un cargo de interés público del que nadie puede eximirse, sino por causa legítima.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.