Código Civil estatal

Artículo 125 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 125.- El acta de defunción contendrá:

I.- El nombre o nombres, apellidos, edad, lugar y fecha de nacimiento, ocupación, nacionalidad, sexo, domicilio habitual y en su caso la Clave Única del Registro Nacional de Población que tuvo el finado;

II.- El estado civil de éste; si era casado o viudo, el nombre, apellidos y nacionalidad de su cónyuge;

III.- Los nombres y apellidos de los padres del finado si fuesen conocidos;

IV.- La causa orgánica que determinó la muerte, destino del cadáver, nombre y ubicación del panteón o crematorio;

V.- La hora, día, mes, año y lugar de la muerte. En caso de muerte ocurrida en centros de detención, se evitará mencionar esta circunstancia;

VI.- Nombre, apellidos, número de cédula profesional y domicilio del médico o autoridad que certifique la defunción, así como el número de certificado de defunción;

VII.- Nombre, apellidos, edad, nacionalidad, ocupación, domicilio del declarante y grado de parentesco, en su caso, con el finado; y VIII.- Nombre, apellidos, edad, nacionalidad, ocupación y domicilio de los testigos y grado de parentesco, en su caso, con el finado.

En todos los casos de muerte violenta o las acaecidas en los centros de reclusión, no se hará mención en los registros de esta circunstancia, o dato alguno que pudiera afectar al difunto o a su familia.

(REFORMADO, B.O. 31 DE OCTUBRE DE 2016)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 125 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur?

El acta de defunción contendrá: I.- El nombre o nombres, apellidos, edad, lugar y fecha de nacimiento, ocupación, nacionalidad, sexo, domicilio habitual y en su caso la Clave Única del Registro Nacional de Población que…

¿Está vigente el artículo 125?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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