Artículo 178 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 178.- Las capitulaciones matrimoniales, son los pactos que los esposos celebran para constituir la sociedad conyugal o la separación de bienes, y reglamentar la administración de éstos en uno y otro caso.
Son nulos los pactos que los esposos hicieren contra las leyes o los naturales fines del matrimonio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.