Código Civil estatal

Artículo 2316 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2316.- El arrendador está obligado, aunque no haya pacto expreso:

I.- A entregar al arrendatario el inmueble arrendado, con todas sus pertenencias y en estado de servir para el uso convenido; y si no hubo convenio expreso, para aquél a que por su misma naturaleza estuviere destinado; así como en condiciones que ofrezcan al arrendatario la higiene y seguridad del inmueble;

II.- A conservar el bien arrendado en el mismo estado, durante el arrendamiento, haciendo para ello todas las reparaciones necesarias;

III.- A no estorbar ni entorpecer de manera alguna el uso del bien arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables;

IV.- A garantizar el uso o goce pacífico del bien por todo el tiempo del contrato; y V.- A responder de los daños y perjuicios que sufra el arrendatario por los defectos o vicios ocultos del bien anteriores al arrendamiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 2316 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2316 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur?

El arrendador está obligado, aunque no haya pacto expreso: I.- A entregar al arrendatario el inmueble arrendado, con todas sus pertenencias y en estado de servir para el uso convenido; y si no hubo convenio expreso,…

¿Está vigente el artículo 2316?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.