Artículo 2411 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2411.- El comodato es un contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el uso de un bien no fungible y el otro contrae la obligación de restituirla individualmente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.