Artículo 1487 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1487.- El interés del acreedor en el objeto de la obligación puede o no ser de carácter económico.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.