Artículo 1507 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1507.- Mediante el acto dispositivo a título gratuito, una persona, en vida, transmite a otra bienes corpóreos o valores, por la entrega de los mismos, sin esperar la conformidad del beneficiario ni contraprestación alguna.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.