Artículo 1942 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1942.- Es nula la transmisión de derechos reales, sobre un inmueble, por una persona que fue su propietaria aparente en virtud de un acto anulado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.