Código Civil estatal

Artículo 1961 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1961.- Son ilícitos:

I.- Los delitos;

II.- Los hechos cometidos con dolo o culpa y que no queden comprendidos en la fracción anterior;

III.- El abuso de los derechos;

IV.- La simulación de actos jurídicos;

V.- La celebración de actos jurídicos en fraude de acreedores;

VI.- El incumplimiento de las obligaciones;

VII.- La recepción dolosa de lo indebido;

(REFORMADA, P.O. 27 DE JULIO DE 2018)

VIII.- Los hechos ejecutados con mala fe;

(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 27 DE JULIO DE 2018)

IX.- La violencia por razón de género; y (ADICIONADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 27 DE JULIO DE 2018)

X.- Los demás que sean contrarios a la ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1961 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla?

Son ilícitos: I.- Los delitos; II.- Los hechos cometidos con dolo o culpa y que no queden comprendidos en la fracción anterior; III.- El abuso de los derechos; IV.- La simulación de actos jurídicos; V.- La celebración…

¿Está vigente el artículo 1961?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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