Artículo 2042 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2042.- El fraude que consiste únicamente en la preferencia indebida a favor de un acreedor, importa la pérdida de la preferencia y no del derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.