Artículo 2214 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2214.- La donación onerosa puede rescindirse si el donatario no cumple las cargas que le impuso el donante.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.