Artículo 2354 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2354.- El arrendatario estará obligado a la totalidad del precio, cuando celebró el alquiler por tiempo fijo y los períodos se establecieron como plazo para el pago.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.