Artículo 2581 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2581.- Por el contrato de hospedaje, el hostelero se obliga a dar alojamiento y alimentos o solamente aquél, al huésped, quien se obliga a pagar el precio convenido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.