Artículo 2637 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2637.- Para los efectos del artículo 2635, el derecho de quienes contraten con el enfiteuta y adquieran de éste el dominio útil o algún derecho real sobre el predio, estará sujeto a condición resolutoria, consistente en la extinción del derecho del enfiteuta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.