Artículo 2744 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2744.- Cuando al celebrarse el contrato de fianza, se obliguen varios fiadores, puede estipularse mancomunidad entre ellos o solidaridad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.