Artículo 2814 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2814.- La prenda es un contrato accesorio, por el cual el deudor o una persona distinta de éste, constituyen un derecho real sobre un bien mueble, para garantir el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.