Artículo 3065 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3065.- Son incapaces de testar:
I.- El menor de catorce años, salvo que sea casado;
II.- El que habitual o accidentalmente se encuentre en estado de enajenación mental.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.