Artículo 3419 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3419.- Toda herencia se entiende aceptada con beneficio de inventario aunque no se exprese; pero este beneficio no libera al heredero de las obligaciones que solidariamente hubieren contraído él y el autor de la herencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.