Artículo 3454 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3454.- Es causa de remoción del albacea el no cumplimiento de las obligaciones a que se refieren los artículos 3441, 3445, 3449, 3450, 3455, 3456, 3462, 3464 y 3468 a 3476.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.