Artículo 509 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 509.- El tutor interino dará garantía por el importe anual de los alimentos y por el fondo que esté destinado a este objeto, si lo hay y lo administra aquél.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.