Artículo 1031 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1031.- Los gastos y las costas de los juicios relativos al usufructo son de cuenta del nudo propietario si el usufructo se ha constituido por título oneroso, y del usufructuario si se ha constituido por título gratuito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.