Artículo 1048 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1048.- Los derechos de uso y de habitación son intransmisibles e inembargables. Tampoco pueden arrendarse o gravarse.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.