Artículo 1378 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1378.- La responsabilidad establecida en el artículo 1375 es independiente de cualquiera otra que establezca una ley tlaxcalteca que no tenga carácter civil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.