Artículo 15 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 15.- Las leyes del Estado de Tlaxcala benefician e imponen deberes a todas las personas que se hallen en cualquier parte del territorio de éste, sean tlaxcaltecas o no, tengan su domicilio o su residencia en él o sean transeúntes; pero respecto de los extranjeros se observará además lo dispuesto por las leyes federales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.