Artículo 1736 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1736.- La prescripción confiere al deudor una excepción que lo libera de la obligación, según lo dispone este capítulo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.