Artículo 2171 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2171.- La aceptación puede ser expresa o tácita.
Hay aceptación tácita en el caso del artículo anterior y también cuando se realiza un acto en ejecución del mandato.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.