Artículo 2415 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2415.- La fianza constituida en favor de cierto deudor solidario, obliga al fiador por la totalidad de la prestación, para el caso de incumplimiento de su fiado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.