Artículo 2494 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2494.- La prenda no surtirá efecto contra tercero si no consta la certeza de su fecha por el registro, escritura pública o de alguna otra manera fehaciente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.