Código Civil estatal

Artículo 2511 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 2511.- Por convenio expreso puede venderse la prenda extrajudicialmente; no siendo necesario avalúo, si las partes de común acuerdo fijan el precio.

La venta extrajudicial de la prenda se hará por conducto de corredor o de comerciante con establecimiento abierto en la plaza;

pero si el deudor o constituyente de la garantía se opusieren, la venta se suspenderá hasta que se decida judicialmente, en forma sumaria, sobre la oposición.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2511 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Por convenio expreso puede venderse la prenda extrajudicialmente; no siendo necesario avalúo, si las partes de común acuerdo fijan el precio. La venta extrajudicial de la prenda se hará por conducto de corredor o de…

¿Está vigente el artículo 2511?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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