Artículo 2626 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2626.- Si la condición es potestativa de dar o hacer alguna cosa, y el que ha sido gravado se allana a cumplirla; pero aquel a favor del cual se estableció rehusa aceptar el bien o el hecho, la condición se tiene por cumplida.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.