Artículo 2761 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2761.- El legatario puede exigir que el heredero afiance en todos los casos en que pueda exigirlo el acreedor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.