Artículo 55 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 55.- Los derechos, deberes y obligaciones que respectivamente otorga e impone a los cónyuges el matrimonio serán siempre iguales para ambos, cualquiera que sea su aportación al pago de los alimentos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.