Código Civil estatal

Artículo 584 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 584.- Cuando se declare que los padres están casados, se asentarán los nombres y dirección del padre y de la madre, los de los abuelos paternos y maternos y las generales de la persona que haya hecho la presentación.

Además de los nombres de los padres se hará constar en el acta de nacimiento su nacionalidad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 584 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Cuando se declare que los padres están casados, se asentarán los nombres y dirección del padre y de la madre, los de los abuelos paternos y maternos y las generales de la persona que haya hecho la presentación. Además…

¿Está vigente el artículo 584?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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