El artículo 1018 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, no se aplican más en la práctica.
Este tipo de cambios en la ley pueden ocurrir por diversas razones, como la necesidad de actualizar la legislación o eliminar normas que ya no son relevantes. En este caso, la derogación se formalizó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 1943.
- El artículo ya no es aplicable.
- La derogación se publicó oficialmente.
- Refleja cambios en la legislación comercial.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.