El artículo 1109 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no está en vigor y no tiene efectos legales. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han dejado de aplicarse y, por lo tanto, no se pueden invocar en situaciones legales.
Es importante tener en cuenta que la derogación puede ser parte de un proceso de actualización o modificación de la ley, buscando adaptarla a nuevas realidades o eliminar normas que ya no son relevantes.
- El artículo 1109 ya no es aplicable.
- Su derogación fue oficializada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2000.
- Las normas derogadas no pueden ser invocadas en procedimientos legales.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.