Código federal

Artículo 1226 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1226.- En ningún caso se permitirá que la parte que ha de absolver un interrogatorio de posiciones esté asistida por su abogado, procurador, ni por otra persona; ni se le dará traslado ni copia de las posiciones, ni término para que se aconseje; pero si el absolvente fuere extranjero, podrá ser asistido por un intérprete, si lo pidiere, en cuyo caso el juez lo nombrará.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1226 del Código de Comercio establece que, durante un interrogatorio de posiciones, la persona que debe responder no puede estar acompañada por un abogado, procurador u otra persona. Además, no se le proporcionará una copia de las preguntas ni tiempo para recibir asesoría antes de responder.

Sin embargo, si la persona que responde es extranjera, tiene derecho a solicitar la asistencia de un intérprete. En este caso, el juez será quien designe al intérprete que ayudará durante el proceso.

  • No se permite la asistencia de abogados o procuradores durante el interrogatorio.
  • No se otorgan copias de las preguntas ni tiempo para asesoría.
  • Los extranjeros pueden solicitar un intérprete, designado por el juez.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1226 de Código de Comercio?

En ningún caso se permitirá que la parte que ha de absolver un interrogatorio de posiciones esté asistida por su abogado, procurador, ni por otra persona; ni se le dará traslado ni copia de las posiciones, ni término…

¿Está vigente el artículo 1226?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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