El artículo 1267 del Código de Comercio establece que el juez tiene la facultad de recibir la declaración de personas mayores de setenta años y de aquellos que se encuentren enfermos en sus hogares. Esta disposición busca facilitar el acceso a la justicia para quienes, por su edad o estado de salud, podrían tener dificultades para presentarse en un tribunal.
Las circunstancias específicas de cada caso son consideradas por el juez al tomar esta decisión. Esto significa que no se aplica de manera automática, sino que se evalúa la situación particular de la persona.
- Aplica a personas mayores de setenta años.
- Incluye a personas enfermas.
- El juez decide según las circunstancias del caso.
- Permite recibir declaraciones en el hogar del declarante.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.