El artículo 1300 del Código de Comercio establece que los avalúos tienen un carácter de prueba plena. Esto significa que los avalúos realizados sobre bienes o propiedades son considerados como evidencia suficiente y definitiva en un proceso legal o comercial.
Esto implica que, en caso de disputas o desacuerdos sobre el valor de un bien, el avalúo presentado será aceptado sin necesidad de mayores pruebas que lo contradigan. A continuación, se presentan algunos puntos clave:
- Los avalúos son evaluaciones del valor de bienes.
- Tienen un peso legal significativo en transacciones y litigios.
- Se consideran como prueba contundente ante autoridades y tribunales.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.