Código federal

Artículo 1329 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1329.- Cuando hayan sido varios los puntos litigiosos, se hará con la debida separación la declaración correspondiente á cada uno de ellos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1329 del Código de Comercio se refiere a la forma en que se deben abordar los puntos litigiosos en un proceso legal. Cuando hay varios temas en disputa, es necesario que cada uno de ellos se declare de manera separada y clara. Esto asegura que cada asunto sea tratado individualmente, evitando confusiones y garantizando que se tomen decisiones específicas para cada punto.

  • Se deben identificar todos los puntos en disputa.
  • Cada punto debe ser declarado por separado.
  • La separación en las declaraciones ayuda a evitar confusiones.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1329 de Código de Comercio?

Cuando hayan sido varios los puntos litigiosos, se hará con la debida separación la declaración correspondiente á cada uno de ellos.

¿Está vigente el artículo 1329?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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