El artículo 175 del Código de Comercio se encuentra derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal y no se aplica en la actualidad. La derogación de un artículo implica que ha sido eliminado del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, no puede ser invocado ni utilizado en ningún procedimiento legal.
Este tipo de cambios en la ley pueden ocurrir por diversas razones, como la necesidad de actualizar la normativa o la ineficacia de ciertas disposiciones. Es importante estar al tanto de las modificaciones en la legislación para entender qué artículos son aplicables y cuáles ya no lo son.
- El artículo 175 está derogado.
- No tiene validez legal en la actualidad.
- La derogación implica que no se puede utilizar en procedimientos legales.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.