El artículo 187 del Código de Comercio se encuentra derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal y no se aplica en la actualidad. La derogación de un artículo implica que ha sido eliminado del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, no se puede invocar ni utilizar en ningún procedimiento legal.
- El artículo fue derogado el 4 de agosto de 1934.
- No tiene efectos legales en la actualidad.
- La derogación se aplica de manera definitiva.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.