El artículo 339 del Código de Comercio se encuentra derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. Esta derogación fue oficializada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 1932. Además, el capítulo relacionado con los Almacenes Generales de Depósito también ha sido derogado en la misma fecha.
Es importante entender que cuando un artículo o un capítulo de una ley es derogado, se elimina su contenido y ya no se aplica en el ordenamiento jurídico. Esto puede suceder por diversas razones, como cambios en las necesidades legales o la existencia de nuevas regulaciones que reemplazan las anteriores.
- Artículo 339 derogado.
- Derogación publicada el 27 de agosto de 1932.
- Capítulo sobre Almacenes Generales de Depósito también derogado.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.