El artículo 365 del Código de Comercio se encuentra derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el ordenamiento jurídico actual. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas y, por lo tanto, no se pueden invocar ni aplicar en ningún caso.
Este tipo de cambios en la ley pueden ocurrir por diversas razones, como la necesidad de actualizar la legislación o eliminar normas que ya no son relevantes. En este caso, la derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 1932.
- El artículo 365 está derogado.
- No tiene validez en la legislación actual.
- La derogación fue oficializada en 1932.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.