El artículo 404 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, no se aplican ni se consideran en la actualidad.
Este tipo de cambios en la ley son comunes y pueden ocurrir por diversas razones, como la necesidad de actualizar la normativa o eliminar disposiciones que ya no son relevantes. En este caso, la derogación se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 1935.
- El artículo 404 ha sido derogado.
- No tiene validez legal en la actualidad.
- La derogación se publicó en 1935.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.