El artículo 463 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han dejado de ser aplicables y, por lo tanto, no se pueden invocar en ningún procedimiento legal.
Este artículo fue derogado el 27 de agosto de 1932, lo que indica que su contenido ya no forma parte de la legislación vigente. Es importante tener en cuenta que la derogación puede ocurrir por diversas razones, como la necesidad de actualizar la ley o la eliminación de normas que ya no son relevantes.
- Artículo 463: Derogado.
- Fecha de derogación: 27 de agosto de 1932.
- Sin validez legal actual.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.