Código federal

Artículo 583 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 583.- Los títulos legales del contrato entre el cargador y el porteador serán las cartas de porte, por cuyo contenido se decidirán las cuestiones que ocurran sobre su ejecución y cumplimiento, sin admitir más excepciones que la falsedad y error material de su redacción.

Cumpliendo el contrato se devolverá al porteador la carta de porte que hubiere expedido, y en virtud del canje de este título por el objeto porteado se tendrán por canceladas las respectivas obligaciones y acciones, salvo cuando en el mismo acto se hicieren constar por escrito en el mismo título las reclamaciones que las partes quisieran reservarse; excepción hecha de lo que se determina en la frac. III del art. 595.

En caso de que por extravío u otra causa no pueda el consignatario devolver en el acto de recibir los géneros, la carta de porte que él hubiere recibido suscrita por el porteador, deberá darle un recibo de los objetos entregados, produciendo este recibo los mismos efectos que la devolución de la carta de porte. Si ésta fuere a la orden o al portador, el recibo se extenderá con los requisitos que establece el título respectivo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 583 del Código de Comercio se refiere a los contratos entre el cargador y el porteador, destacando la importancia de las cartas de porte. Estos documentos son fundamentales para resolver cualquier conflicto relacionado con la ejecución del contrato. Solo se aceptan excepciones en caso de falsedad o error material en la redacción de la carta.

Al cumplir con el contrato, el porteador debe recibir de vuelta la carta de porte. Este intercambio cancela las obligaciones y acciones, a menos que las partes hayan anotado reclamaciones por escrito en el mismo documento. Si el consignatario no puede devolver la carta de porte al recibir los productos, debe emitir un recibo de los objetos, el cual tendrá el mismo efecto que la devolución de la carta de porte.

  • Las cartas de porte son esenciales para el contrato entre cargador y porteador.
  • Solo se admiten excepciones por falsedad o error material.
  • El canje de la carta de porte cancela obligaciones, salvo reclamaciones anotadas.
  • Si no se puede devolver la carta, se debe emitir un recibo que tiene efectos similares.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 583 de Código de Comercio?

Los títulos legales del contrato entre el cargador y el porteador serán las cartas de porte, por cuyo contenido se decidirán las cuestiones que ocurran sobre su ejecución y cumplimiento, sin admitir más excepciones que…

¿Está vigente el artículo 583?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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